Descripción de la norma:
Modifica Ley Nº 19.419,en materia de ambientes libres de humo de tabaco.Establece la obligación de exhibir advertencias que prohíban fumar que deben ser notoriamente visibles y comprensibles, en los lugares de acceso público. Establece multas para los infractores. Prohibe fumar en espacios cerrados. Detalla lugares en que queda prohibido fumar (Establecimientos de educación superior, públicos y privados; Aeropuertos y terrapuertos; Teatros y cines; Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general; Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público; Establecimientos de salud, públicos y privados, exceptuándose los hospitales de internación siquiátrica que no cuenten con espacios al aire libre o cuyos pacientes no puedan acceder a ellos; Dependencias de órganos del Estadom; Pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juego)
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